Título VI. Normas básicas de circulación de bicicletas es uno de los puntos del bloque Movimiento de vehículos de la teoría de la DGT. Cómo deben moverse los vehículos por la vía: sentido de la marcha, posición en la calzada, velocidad y distancias. Comprender bien este apartado te ayuda a responder con seguridad las preguntas del examen teórico relacionadas con este tema.
Dicho de forma sencilla, los ciclistas pueden adelantar a otros vehículos por la derecha o por la izquierda, según sea más conveniente para su seguridad. En intersecciones reguladas por semáforo y en retenciones de tráfico pueden rebasar a los vehículos que se encuentren detenidos o sometidos a paradas frecuentes, a efectos de la correcta utilización…
Las preguntas de este bloque mezclan velocidad, posición en la calzada y distancias: fíjate siempre en si la vía es urbana o interurbana.
Los ciclistas podrán adelantar a otros vehículos por la derecha o por la izquierda, según sea más conveniente para su seguridad. En intersecciones reguladas por semáforo y en retenciones de tráfico podrán rebasar a los vehículos que se encuentren detenidos o sometidos a paradas frecuentes, a efectos de la correcta utilización de las marcas de zona de espera adelantada.
🔗 Consulta el texto oficial en el BOE (Reglamento General de Circulación)❓ Preguntas frecuentes
¿Qué es título VI. Normas básicas de circulación de bicicletas?
¿Entra este tema en el examen teórico de la DGT?
¿Dónde está regulado (Artículo 153 (5))?
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