Título VI. Normas básicas de circulación de bicicletas es uno de los puntos del bloque Movimiento de vehículos de la teoría de la DGT. Cómo deben moverse los vehículos por la vía: sentido de la marcha, posición en la calzada, velocidad y distancias. Comprender bien este apartado te ayuda a responder con seguridad las preguntas del examen teórico relacionadas con este tema.
Dicho de forma sencilla, los ciclistas no pueden circular por las aceras, con las excepciones previstas en el artículo 152.1 para los menores de doce años cuando así lo establezca la Autoridad municipal, pero sí por el resto de las zonas peatonales, con las limitaciones o restricciones que pueda establecer la Autoridad municipal, y respetando siempre…
Las preguntas de este bloque mezclan velocidad, posición en la calzada y distancias: fíjate siempre en si la vía es urbana o interurbana.
Los ciclistas no podrán circular por las aceras, con las excepciones previstas en el artículo 152.1 para los menores de doce años cuando así lo establezca la Autoridad municipal, pero sí por el resto de las zonas peatonales, con las limitaciones o restricciones que pueda establecer la Autoridad municipal, y respetando siempre la prioridad y la seguridad de los peatones en estas zonas.
🔗 Consulta el texto oficial en el BOE (Reglamento General de Circulación)❓ Preguntas frecuentes
¿Qué es título VI. Normas básicas de circulación de bicicletas?
¿Entra este tema en el examen teórico de la DGT?
¿Dónde está regulado (Artículo 153 (2))?
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