Señalización de obstáculos y peligros

Señalización de obstáculos y peligros es uno de los puntos del bloque Normas generales de la teoría de la DGT. Define a quién y dónde se aplican las normas de tráfico, las definiciones básicas y los principios que sostienen toda la teoría. Comprender bien este apartado te ayuda a responder con seguridad las preguntas del examen teórico relacionadas con este tema.

Dicho de forma sencilla, la detención, parada o estacionamiento de los vehículos destinados a los servicios citados debe efectuarse de forma que no cree un nuevo peligro, y donde cause menor obstáculo a la circulación.

En el examen suelen preguntarte dónde y a quién se aplican estas normas; lee con calma las opciones porque a menudo cambian una sola palabra.

📜 Texto legal de referencia — Artículo 5 (6)

La detención, parada o estacionamiento de los vehículos destinados a los servicios citados deberá efectuarse de forma que no cree un nuevo peligro, y donde cause menor obstáculo a la circulación.

🔗 Consulta el texto oficial en el BOE (Reglamento General de Circulación)

❓ Preguntas frecuentes

¿Qué es señalización de obstáculos y peligros?
Señalización de obstáculos y peligros es un punto de la teoría DGT dentro del bloque «Normas generales», regulado en el Artículo 5 (6) del Reglamento General de Circulación. Arriba tienes la explicación sencilla y el texto legal de referencia.
¿Entra este tema en el examen teórico de la DGT?
Sí. Todos los apartados del Reglamento General de Circulación pueden aparecer en el examen teórico. Para practicar con preguntas reales, accede a la plataforma de TraficoTest.
¿Dónde está regulado (Artículo 5 (6))?
Este contenido procede del Artículo 5 (6) de la normativa de tráfico española. Puedes consultar el texto oficial en el BOE.

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