Otras obligaciones del conductor

Otras obligaciones del conductor es uno de los puntos del bloque Normas generales de la teoría de la DGT. Define a quién y dónde se aplican las normas de tráfico, las definiciones básicas y los principios que sostienen toda la teoría. Comprender bien este apartado te ayuda a responder con seguridad las preguntas del examen teórico relacionadas con este tema.

Dicho de forma sencilla, se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe llevar en el vehículo…

En el examen suelen preguntarte dónde y a quién se aplican estas normas; lee con calma las opciones porque a menudo cambian una sola palabra.

📜 Texto legal de referencia — Artículo 18 (3)

Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.

🔗 Consulta el texto oficial en el BOE (Reglamento General de Circulación)

❓ Preguntas frecuentes

¿Qué es otras obligaciones del conductor?
Otras obligaciones del conductor es un punto de la teoría DGT dentro del bloque «Normas generales», regulado en el Artículo 18 (3) del Reglamento General de Circulación. Arriba tienes la explicación sencilla y el texto legal de referencia.
¿Entra este tema en el examen teórico de la DGT?
Sí. Todos los apartados del Reglamento General de Circulación pueden aparecer en el examen teórico. Para practicar con preguntas reales, accede a la plataforma de TraficoTest.
¿Dónde está regulado (Artículo 18 (3))?
Este contenido procede del Artículo 18 (3) de la normativa de tráfico española. Puedes consultar el texto oficial en el BOE.

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