Obligaciones relativas a la señalización

Obligaciones relativas a la señalización es uno de los puntos del bloque Señalización de tráfico de la teoría de la DGT. Cómo funciona la señalización: tipos de señales, orden de prioridad entre ellas y obligación de obedecerlas. Comprender bien este apartado te ayuda a responder con seguridad las preguntas del examen teórico relacionadas con este tema.

Dicho de forma sencilla, el titular de la vía o, en su caso, la autoridad encargada de la regulación del tráfico ordenará la inmediata retirada y, en su caso, la sustitución por las que sean adecuadas de las señales antirreglamentariamente instaladas, de las que hayan perdido su finalidad y de las que no lo cumplan por causa de su deterioro.

Aquí es clave el orden de prioridad entre señales (agente, semáforo, vertical, marca vial); muchas preguntas se resuelven solo recordando ese orden.

📜 Texto legal de referencia — Artículo 142 (1)

El titular de la vía o, en su caso, la autoridad encargada de la regulación del tráfico ordenará la inmediata retirada y, en su caso, la sustitución por las que sean adecuadas de las señales antirreglamentariamente instaladas, de las que hayan perdido su objeto y de las que no lo cumplan por causa de su deterioro.

🔗 Consulta el texto oficial en el BOE (Reglamento General de Circulación)

❓ Preguntas frecuentes

¿Qué es obligaciones relativas a la señalización?
Obligaciones relativas a la señalización es un punto de la teoría DGT dentro del bloque «Señalización de tráfico», regulado en el Artículo 142 (1) del Reglamento General de Circulación. Arriba tienes la explicación sencilla y el texto legal de referencia.
¿Entra este tema en el examen teórico de la DGT?
Sí. Todos los apartados del Reglamento General de Circulación pueden aparecer en el examen teórico. Para practicar con preguntas reales, accede a la plataforma de TraficoTest.
¿Dónde está regulado (Artículo 142 (1))?
Este contenido procede del Artículo 142 (1) de la normativa de tráfico española. Puedes consultar el texto oficial en el BOE.

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