Ejecución de la maniobra

Ejecución de la maniobra es uno de los puntos del bloque Prioridad de la teoría de la DGT. Quién pasa primero: normas de preferencia en intersecciones, glorietas, estrechamientos y casos especiales. Comprender bien este apartado te ayuda a responder con seguridad las preguntas del examen teórico relacionadas con este tema.

Dicho de forma sencilla, el conductor de un vehículo que pretenda dar marcha hacia atrás debe advertir su propósito en la forma prevista en el artículo 109.

En prioridad, el examen plantea situaciones concretas (cruces, glorietas, estrechamientos): identifica primero quién tiene la preferencia y por qué.

📜 Texto legal de referencia — Artículo 81 (2)

El conductor de un vehículo que pretenda dar marcha hacia atrás deberá advertir su propósito en la forma prevista en el artículo 109.

🔗 Consulta el texto oficial en el BOE (Reglamento General de Circulación)

❓ Preguntas frecuentes

¿Qué es ejecución de la maniobra?
Ejecución de la maniobra es un punto de la teoría DGT dentro del bloque «Prioridad», regulado en el Artículo 81 (2) del Reglamento General de Circulación. Arriba tienes la explicación sencilla y el texto legal de referencia.
¿Entra este tema en el examen teórico de la DGT?
Sí. Todos los apartados del Reglamento General de Circulación pueden aparecer en el examen teórico. Para practicar con preguntas reales, accede a la plataforma de TraficoTest.
¿Dónde está regulado (Artículo 81 (2))?
Este contenido procede del Artículo 81 (2) de la normativa de tráfico española. Puedes consultar el texto oficial en el BOE.

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